Ámbito Nacional Suministros y Bono Social
Bono Social Eléctrico 2026: Requisitos, Descuento y Cómo Solicitarlo
Resumen rápido
| Descuento | 42,5% (consumidor vulnerable), 57,5% (vulnerable severo) y hasta el 100% (riesgo de exclusión social), vigentes hasta el 31/12/2026 |
| Plazo de solicitud | Sin plazo cerrado: se puede solicitar cualquier día del año. Vigencia de 2 años |
| Dónde se solicita | En tu comercializadora de referencia (no en un ministerio), con tarifa PVPC y potencia igual o inferior a 10 kW |
| Solicitud oficial | Listado oficial de comercializadoras de referencia (CNMC) |
Importante: este artículo tiene fines informativos. AyudasYa es un portal privado, no un organismo oficial. Antes de solicitar el bono social eléctrico, confirma siempre los importes, plazos y requisitos actualizados en la sede electrónica de la CNMC o de tu comercializadora de referencia, ya que la normativa puede cambiar a lo largo de 2026.
¿Qué es el Bono Social Eléctrico?
El bono social eléctrico, conocido popularmente como bono social de la luz, es un descuento aplicado directamente sobre la factura de la electricidad, pensado para proteger a los hogares con menos recursos. No es una paga ni un ingreso que se recibe en la cuenta bancaria, sino una reducción que se descuenta cada mes en el propio recibo del suministro.
Se aplica únicamente sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), la tarifa regulada de electricidad. Esto significa que solo pueden beneficiarse los hogares que tengan contratado el suministro con una comercializadora de referencia (COR), no con una comercializadora del mercado libre.
El mecanismo está regulado por el Real Decreto 897/2017 y reforzado con medidas extraordinarias por la crisis energética: para 2026, el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, prorroga los descuentos excepcionales hasta el 31 de diciembre de 2026.
El organismo que fija la política energética y aprueba los valores del bono social es el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, mientras que la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) supervisa su aplicación y mantiene el listado de comercializadoras de referencia encargadas de tramitar las solicitudes.
Requisitos 2026: ¿quién puede pedir el bono social de la luz?
Para acceder al bono social eléctrico hay que cumplir, en primer lugar, unos requisitos generales de suministro, y después encajar en alguna de las categorías de consumidor vulnerable. Los requisitos básicos comunes a todas las categorías son:
- Ser titular del contrato de suministro eléctrico, como persona física.
- Que el suministro corresponda a la vivienda habitual del solicitante.
- Tener contratada la tarifa PVPC con una comercializadora de referencia (no con el mercado libre).
- Que la potencia contratada sea igual o inferior a 10 kW.
Cumplidos estos puntos, se puede acceder por dos vías: superando un test de renta o acreditando una circunstancia que da acceso automático a la condición de consumidor vulnerable.
Vía renta (IPREM): el límite general es de 12.600 €/año, equivalente a 1,5 veces el IPREM anual de 14 pagas. Este umbral aumenta 0,3 veces el IPREM por cada adulto adicional en la unidad familiar y 0,5 veces por cada menor. Por ejemplo, un hogar con dos adultos y un menor podría acceder con una renta anual de hasta 19.320 €.
Vía circunstancias especiales: se accede de forma directa a la condición de consumidor vulnerable, sin acreditar el nivel de renta, si el solicitante o algún miembro de la unidad familiar se encuentra en alguna de estas situaciones:
- Es titular de familia numerosa (consulta también nuestra guía sobre ayudas para familias numerosas).
- Es pensionista del sistema de la Seguridad Social con complemento a mínimos. Si tu pensión es no contributiva, revisa además la guía de la pensión no contributiva.
- Es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital 2026.
Además, existen circunstancias que amplían el umbral de renta aplicable: tener reconocida una discapacidad, ser víctima de violencia de género o de terrorismo, tener reconocida una situación de dependencia de grado II o III, o formar una familia monoparental con menores a cargo. Si es tu caso, consulta el detalle exacto en la sede oficial, ya que se valora caso por caso.
Dentro del consumidor vulnerable existen dos niveles adicionales: el vulnerable severo, cuya renta no supera el 50% del límite anterior, y el riesgo de exclusión social, reservado a quienes ya son vulnerables severos y están siendo atendidos por los servicios sociales, que asumen al menos el 50% del importe de la factura o del alquiler.
Cómo saber si tienes derecho al bono social
Antes de reunir papeles, puedes hacer una comprobación previa. La CNMC pone a disposición en su web una herramienta gratuita que, respondiendo a unas preguntas sobre tu hogar y tus ingresos, indica de forma orientativa si podrías tener derecho al bono social de la luz. El resultado no es vinculante ni sustituye a la solicitud, pero evita iniciar un trámite que no va a prosperar.
Dos comprobaciones rápidas que puedes hacer tú mismo mirando tu última factura: que la tarifa sea PVPC (aparece indicada como tal, no como oferta de mercado libre) y que la potencia contratada no supere los 10 kW. Si alguna de las dos no se cumple, tendrías que cambiarlo antes de poder solicitar el descuento.
¿Cuánto se descuenta en la factura de la luz?
El descuento se aplica tanto al término de energía como al término de potencia de la factura PVPC, dentro de unos límites de consumo anual establecidos por vivienda. Para 2026, y de forma excepcional hasta el 31 de diciembre, los porcentajes vigentes son:
- Consumidor vulnerable: descuento del 42,5% sobre la factura PVPC.
- Consumidor vulnerable severo: descuento del 57,5% sobre la factura PVPC.
- Consumidor en riesgo de exclusión social: hasta el 100%, es decir, la administración pública asume el coste íntegro del suministro mientras dure esta condición.
Estos porcentajes extraordinarios refuerzan los valores permanentes del Real Decreto 897/2017 (35% y 50%). A partir de 2027 los descuentos deberían iniciar una senda decreciente hacia el régimen ordinario, por lo que conviene revisar la normativa vigente cada año.
Además del descuento, los consumidores vulnerables y vulnerables severos están protegidos frente al corte de suministro por impago mientras se resuelve su situación con los servicios sociales, una garantía prorrogada también hasta el 31 de diciembre de 2026.
No confundas el bono social eléctrico con el bono social térmico: es una ayuda distinta y compatible que cubre parte del gasto en calefacción, agua caliente o cocina (gas natural, gasóleo, GLP, biomasa). No hay que solicitarlo aparte, ya que se concede automáticamente a quienes son beneficiarios del bono social eléctrico, aunque el importe varía según la zona climática y el grado de vulnerabilidad. Confirma cada año la convocatoria oficial vigente, porque lo gestiona el Ministerio para la Transición Ecológica, no las comercializadoras.
Documentación necesaria
La comercializadora de referencia pedirá distinta documentación según la vía de acceso (renta o circunstancia especial). En general, conviene preparar:
- Modelo de solicitud oficial cumplimentado (disponible en la web de tu comercializadora de referencia).
- Fotocopia del DNI o NIE del titular del contrato y de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
- Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, de todas las personas que conviven en la vivienda.
- Libro de familia o documento acreditativo del número de miembros de la unidad familiar.
- Título de familia numerosa en vigor, si se accede por esta vía.
- Documento acreditativo de la condición de pensionista con complemento a mínimos o de beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, si procede.
- Certificado de discapacidad, de víctima de violencia de género o terrorismo, o de dependencia, cuando se invoque alguna circunstancia especial.
La comercializadora no puede pedirte documentos que ya obren en poder de la Administración y sean verificables electrónicamente, pero tenerlos a mano evita retrasos.
Cómo solicitar el bono social eléctrico paso a paso
Paso 1: Comprueba que cumples los requisitos
Revisa si tu situación encaja por vía renta según el IPREM o por circunstancia especial (familia numerosa, pensionista con complemento a mínimos o beneficiario del Ingreso Mínimo Vital). Comprueba también que la vivienda es la habitual y que la potencia contratada no supera los 10 kW.
Paso 2: Reúne la documentación necesaria
Prepara el DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar, el certificado de empadronamiento y, según tu caso, el título de familia numerosa, el certificado de discapacidad o el documento que acredite ser beneficiario del IMV. Cuanta más documentación aportes de entrada, más rápida será la resolución.
Paso 3: Localiza tu comercializadora de referencia (COR)
El bono social no se solicita en un ministerio ni en una oficina de la Seguridad Social, sino directamente ante la comercializadora de referencia que te suministra la electricidad. La CNMC mantiene un listado actualizado de todas ellas, con teléfonos y correos específicos para el bono social.
Paso 4: Envía la solicitud con el modelo oficial
Descarga el modelo de solicitud desde la web de tu comercializadora, cumpliméntalo y envíalo junto con la documentación por teléfono, correo electrónico, oficina física o correo postal, según los canales que ofrezca.
Paso 5: Consulta el estado y revisa tu factura
La comercializadora dispone de un plazo para confirmar si tienes derecho al bono. Puedes consultar el estado de tu solicitud en su web con tu DNI/NIF y el CUPS del contrato (el código que aparece en tu factura, en el apartado «Datos del contrato»). Si la respuesta es favorable, el descuento aparecerá como una línea diferenciada en la factura a partir del siguiente ciclo de facturación.
Plazos, vigencia y cómo renovar el bono social
El bono social eléctrico no tiene convocatoria anual con fecha de apertura y cierre. Se puede solicitar en cualquier momento del año siempre que se cumplan los requisitos, y el descuento se activa en cuanto la comercializadora verifica la documentación.
Una vez concedido, tiene una vigencia de dos años. La fecha de caducidad aparece en tu factura de la luz, en el apartado de datos del contrato o del suministro, así que conviene localizarla para no perder el descuento por despiste.
En general, si se siguen cumpliendo los requisitos que dieron derecho al bono, la renovación es automática y no hay que repetir el trámite. Existen excepciones en las que sí hace falta renovar de forma manual: cuando el acceso es por título de familia numerosa (la renovación va ligada a la del propio título) o cuando falta el consentimiento de algún miembro de la unidad de convivencia mayor de 14 años para la consulta de datos. Si tienes dudas sobre tu caso, confirma con tu comercializadora antes de la fecha de vencimiento.
Dado que los descuentos extraordinarios del 42,5% y el 57,5% están ligados al Real Decreto-ley 7/2026 y a su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, conviene revisar la normativa a comienzos de 2027 por si se aprueba una nueva prórroga.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si me han concedido el bono social de la luz?
Puedes consultar el estado de la solicitud en la web de tu comercializadora de referencia con tu DNI/NIF y el CUPS del contrato, que figura en la factura en el apartado «Datos del contrato». Si consta como asignado o concedido, el descuento aparecerá reflejado como una línea diferenciada en tu próxima factura de electricidad.
¿Hay que renovar el bono social cada dos años?
El bono tiene una vigencia de dos años, pero con carácter general la renovación es automática si se siguen cumpliendo los requisitos. Sí hay que renovar manualmente cuando el acceso es por título de familia numerosa, ya que va ligado a la vigencia de ese título, o cuando falte el consentimiento de algún miembro del hogar mayor de 14 años. La fecha de caducidad aparece en tu factura.
¿Puedo solicitar el bono social eléctrico si mi tarifa no es el PVPC?
No. El bono social solo se aplica a los contratos acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) con una comercializadora de referencia. Si tienes contratada una oferta de mercado libre, tendrías que cambiar a PVPC antes de poder solicitarlo.
¿El descuento se aplica solo al consumo o también a la potencia contratada?
El descuento se aplica tanto al término de energía como al término de potencia de la factura PVPC, dentro de los límites de consumo anual reconocidos para cada tipo de hogar. Consulta la convocatoria oficial vigente para conocer los límites exactos aplicables a tu caso.
¿Qué ocurre si mi potencia contratada supera los 10 kW?
Si la potencia contratada es superior a 10 kW no puedes acceder al bono social eléctrico. Para poder solicitarlo, sería necesario reducir la potencia contratada a 10 kW o menos y disponer de tarifa PVPC.
¿Es compatible el bono social eléctrico con el Ingreso Mínimo Vital?
Sí. Ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital da acceso directo a la condición de consumidor vulnerable, sin necesidad de acreditar el nivel de renta por otra vía. Puedes ampliar esta información en nuestra guía sobre el Ingreso Mínimo Vital 2026.
¿El bono social eléctrico y el bono social térmico son lo mismo?
No. Son dos ayudas distintas y compatibles entre sí. El bono social eléctrico descuenta la factura de la luz, mientras que el bono social térmico cubre parte del gasto en calefacción, agua caliente o cocina con otros combustibles. El térmico no se solicita aparte: se concede automáticamente a quien tiene el bono social eléctrico, con un importe que varía según la zona climática.
Conclusión
El bono social eléctrico sigue siendo, en 2026, una de las ayudas más accesibles para aliviar el recibo de la luz, con descuentos del 42,5%, el 57,5% y hasta el 100% vigentes hasta el 31 de diciembre. No exige convocatoria ni plazo cerrado: basta con cumplir los requisitos de renta o de circunstancia especial y presentar la solicitud ante tu comercializadora de referencia.
Si tu situación económica es ajustada, revisa también otras ayudas compatibles como el Ingreso Mínimo Vital 2026 o las ayudas para familias numerosas, que además dan acceso automático al bono social sin acreditar ingresos. En AyudasYa encontrarás también las ayudas de tu comunidad autónoma.
Puedes consultar cómo verificamos cada dato en Sobre Nosotros, o escribirnos si detectas algo desactualizado.
Información revisada en agosto de 2026. Fuente oficial: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
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